Miércoles, 07 de Noviembre de 2012 07:00
Propondrá PRI que asuman costos de traslado y atención médica de personas que sufran accidentes de tránsito
Por Claudia Salazar
y Érika Hernández
AGENCIA REFORMA
CD. DE MÉXICO.- El PRI en la Cámara de Diputados propondrá reformas legales para que las aseguradoras paguen al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) los gastos que se ocasionen por el traslado y atención de personas que sufran accidentes de tránsito y que sean atendidas en las instalaciones del organismo.
“El costo de proporcionar un servicio a un paciente accidentado politraumatizado en un automotor, a quien se brinda la atención médica de urgencias, desde su traslado a un hospital y su manejo médico, que incluye la realización de una cirugía y un día de terapia intensiva por lo menos, para posteriormente pasar a su recuperación en el hospital, asciende a más de 55 mil 700 pesos”, de acuerdo a un reporte del IMSS de 2011.
Los diputados Leobardo Alcalá Padilla, María de las Nieves García Fernández y Kamel Athié Flores sostienen que los seguros de daños a terceros son desperdiciados cuando el Instituto se hace cargo de la atención de personas accidentadas.
“En la mayoría de los estados se han hecho las reformas necesarias para que los vehículos (automóviles, camiones, camionetas) cuenten como mínimo con el seguro por responsabilidad civil contra daños a terceros”, mencionan en la iniciativa que este martes se propondrá en la sesión.
“Sin embargo, los que cuentan con una cobertura amplia son desaprovechados, pues los costos por los servicios de traslado, urgencias médicas, procedimientos quirúrgicos y hospitalización otorgados, ya que éstos, por ser de urgencia, muchas veces son cubiertos por el sistema público en salud y no por el seguro, esto implica diariamente una fuerte erogación para el Sistema de Salud, sin que hasta el momento un sistema permita que estos gastos sean reembolsados a las instituciones públicas de salubridad”.
Los legisladores proponen adicionar el artículo 36 Bis a la Ley General de Salud para establecer que las cuotas o pagos devengados por el uso de la atención médica de los servicios de urgencias -los cuales impliquen desde el traslado, la atención médica, procedimientos quirúrgicos, hospitalización, terapia intensiva, medicamentos, prótesis u otros insumos, o servicios análogos- sean pagados en su totalidad por la aseguradora contratada por el responsable del accidente y reintegrados en su totalidad al servicio público en salud encargado de brindar la atención médica.
También plantean un nuevo artículo para indicar que en caso de que el responsable del accidente no cuente con una cobertura por una aseguradora en el momento del siniestro y se encuentre en un establecimiento, autopista, centro recreativo, o cualquier otro similar, el pago por los servicios médicos otorgados al paciente sea cubierto por la aseguradora contratada por dicho establecimiento o servicio público.