Miércoles, 21 de Noviembre de 2012 07:00
CPC OCTAVIO CHÁVEZ PEÑÚÑURI
(PRIMERA PARTE)
En los dos últimos sexenios se ha escuchado constantemente la frase de “transparencia y rendición de cuentas”, aplicable a los tres niveles de Gobierno, Federal, Estatal y Municipal, porque no sabemos si ustedes amigos lectores, se han dado cuenta de que nomás termina una administración en cualquier orden de Gobierno, las primeras afirmaciones que escuchamos y leemos, es que dejaron sin recursos las arcas públicas, que hubo malos manejos y otros “pequeños detalles” de naturaleza análoga, por lo que el Gobierno Federal, con el propósito, entre otros, de conocer en que se invierten los recursos públicos, es decir, que conozcamos con más precisión en que se aplican los citados recursos, ha emitido varias disposiciones como es el caso de la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación desde el mes de diciembre de 2008 y que ha tenido varias reformas, siendo la más reciente la del 12 de noviembre de 2012 a través del “Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley General de Contabilidad Gubernamental, para transparentar y armonizar la información financiera relativa a la aplicación de recursos públicos en los distintos órdenes de Gobierno”, y en el informe semanal del vocero oficial de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al periodo del 12 al 16 de noviembre de 2012, se dan a conocer algunos pormenores del citado ordenamiento legal; por otra parte, informa que en el periodo julio-septiembre de 2012, el Producto Interno Bruto (PIB) de México aumentó 3.3% real anual, que al 9 de noviembre de 2012, las Reservas Internacionales se ubicaron en 162,638 millones de dólares (Mdd), lo que significó un nuevo máximo histórico, que en septiembre la actividad económica mensual se desaceleró y, lamentablemente, es posible que continúe con esta tendencia dadas las condiciones en que se encuentra nuestro principal socio y cliente Estados Unidos con su famoso “precipicio fiscal”, así como otras interesantes noticias que enseguida les presentamos.
Nuevo marco jurídico de transparencia y rendición de cuentas
Como se ha señalado en reiteradas ocasiones, que desde sus inicios, la actual Administración ha mostrado un firme compromiso con la eficiencia, eficacia, transparencia y rendición de cuentas en el ejercicio del gasto público, toda vez que éstas constituyen un mecanismo fundamental hacia la consolidación de una sociedad mejor informada y responsable en la toma de decisiones adecuadas.
Es por eso, que en este sentido, algunos de los problemas a los que hacía frente la administración pública era que la contabilidad gubernamental entre los distintos órdenes de Gobierno no era susceptible de ser comparada, puesto que se utilizaban términos, metodologías, criterios y formatos de presentación distintos. Esta situación originaba una dificultad en la transparencia y la rendición de cuentas para la evaluación y fiscalización del gasto público.
Como se recordará, con la reforma integral de la Hacienda Pública del año 2007, mediante la cual se agregó la fracción XXVIII al artículo 73 constitucional, se incluyó la armonización contable como un elemento para mejorar la transparencia en la presentación de la información financiera, presupuestaria y patrimonial de los entes públicos en todo el País.
Debido a lo anterior, el propósito para impulsar dicha armonización contable era que todas las entidades públicas utilizaran principios, reglas e instrumentos de la contabilidad gubernamental iguales para facilitar el registro y la fiscalización de sus activos, pasivos, ingresos y gastos, así como mediciones de aspectos tales como la eficacia económica y eficiencia del gasto y los ingresos públicos, la administración de la deuda pública, con la inclusión de obligaciones contingentes y el patrimonio del Estado.
De esta forma, con la mencionada reforma constitucional se aprobó en el mes de diciembre de 2008 la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG), La cual entró en vigor el primero de enero de 2009, donde se establecen varios criterios generales para regir la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización.
También, con la Ley de referencia, se constituyó el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), como órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental. Así, tanto la Ley como el CONAC se erigieron como pilares fundamentales para que la información pueda ser comparada y analizada bajo criterios comunes, facilitando con ello, el escrutinio público y las tareas de fiscalización.
COLABORACIÓN:
C.P.C. OCTAVIO CHÁVEZ PEÑÚÑURI
Socio de Crowe Horwath Gossler
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