Rechazan magistrados la posibilidad de que la CFE sea patrón sustituto del Sindicato Mexicano de Electricistas

Por Víctor Fuentes

AGENCIA REFORMA

CD. DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la posibilidad de que la Comisión Federal de Electricidad se convierta en patrón sustituto del Sindicato Mexicano de Electricistas, y confirmó en definitiva la terminación de las relaciones laborales con este gremio.

Por unanimidad, la Segunda Sala de la Corte revocó el amparo otorgado al SME por un tribunal colegiado de circuito, que el 13 de septiembre resolvió que la CFE debe ser patrón sustituto del SME porque no se dio la causa de fuerza mayor para justificar la terminación de las relaciones de trabajo.

Los ministros determinaron que el tribunal colegiado se equivocó en su interpretación sobre la estructura de la Administración Pública, pues Luz y Fuerza del Centro era una organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, y por tanto, no dependía jerárquicamente de manera directa del Presidente de la República.

En otras palabras, resolvió la Corte, el Presidente no era el patrón del SME, sino los directivos de LFC, quienes no tuvieron posibilidad alguna de prevenir el decreto de extinción emitido por Felipe Calderón en octubre de 2009, de ahí que sí existió causa de fuerza mayor.

“El hecho de que el titular del Ejecutivo haya ejercido sus facultades para extinguir la fuente de trabajo de los trabajadores del SME constituye evidentemente para LFC una cuestión ajena, externa para dicho organismo descentralizado, puesto que no puede concebirse al Presidente de la República y a los órganos de la administración paraestatal como un sólo ente del Estado, para efectos de las relaciones laborales con sus trabajadores”, explicó el ministro Luis María Aguilar, autor de la sentencia.

Prueba de lo anterior, agrega el fallo, es que el contrato colectivo se firmaba entre el SME y directivos de LFC, y que el régimen laboral era el previsto en el apartado A del Artículo 123 de la Constitución, que no es aplicable a los burócratas que son subordinados directos del Presidente.

Los ministros recordaron que en 2010, el Pleno de la Corte avaló el decreto de extinción con todas sus consecuencias, incluida la liquidación de los trabajadores.

Con el fallo de hoy, quedó firme el laudo dictado en agosto de 2010 por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que dio por terminadas las relaciones laborales y el contrato colectivo del SME, y de hecho se pone punto final a tres años y medio de litigios derivados de la extinción de LFC.

Los alrededor de 16 mil afiliados al SME que se han negado a cobrar su liquidación mantienen el derecho a recibirla, aclaró la Corte, aunque sin los estímulos que el Gobierno ofreció en un principio.

Por su lado, el SME, que dejó de tener ingresos en 2009, seguirá existiendo mientras los agremiados no acuerden disolverlo, lo que es casi imposible por candados en los estatutos.