Jorge Camil

Los efectos de algunas polémicas decisiones de Felipe Calderón confirman que gobernó con arbitrariedad y mal asesorado por incondicionales. En marzo de 2012, en un artículo titulado “Sarkozy vs. Calderón” (bit.ly/10v1uQ5), mencioné que Calderón compró sin cuestionarlo el montaje televisivo de Genaro García Luna, y lamenté que hubiese convertido el tema de Florence Cassez en un asunto de Estado. Desplegó alardes de machismo, se enfrentó a Sarkozy (tal para cual) y ambos pusieron en riesgo las relaciones diplomáticas. Después Calderón Hinojosa canceló la celebración del Año de México en ese País, frustrando las ambiciones de decenas de artistas mexicanos que pretendían mostrar sus talentos en Europa.
Con argumentos legalistas proporcionados por la Cancillería (otra pifia de doña Patricia Espinosa), Calderón se rehusó a excarcelar a Cassez para que cumpliera su sentencia en Francia, de acuerdo con el Tratado de Estrasburgo. La Cancillería expresó temor de que Francia, merced a algún tecnicismo, pudiese ponerla en libertad (¡como hoy lo ha hecho nuestra propia Suprema Corte!).
Prevaleció finalmente el proyecto de Arturo Zaldívar del 21 de marzo pasado, en el que concluyó que la detención de Cassez había sido “una escenificación ajena a la realidad, que generó un efecto corruptor en el proceso penal y vició la evidencia incriminatoria”.
No se le dio a Florence Cassez la presunción de inocencia ni fue presentada de inmediato ante el Ministerio Público. Tampoco tuvo acceso a un funcionario consular. En otras palabras, no se le dio el beneficio de un “debido proceso legal”.
Pero como nuestras vidas transcurren entre “indebidos procesos legales”, pocos analizaron el significado del “proyecto Zaldívar”. Y menos aún entendimos la semana pasada el acto de prestidigitación mediante el cual Olga Sánchez Cordero cambió su proyecto y adoptó las conclusiones de Zaldívar. (Algunos comentaristas sospecharon otro montaje.) Cassez, la “heroína” en busca de emociones fuertes que hoy ventila su “inocencia” en televisión francesa, tiene mucho qué explicar…
Pero “haiga sido como haiga sido” (para recordar a quien nos metió en este lío), no podríamos aspirar a la plena democracia sin respetar el “debido proceso legal”: uno de los pilares del Estado de derecho. El propio abogado de Cassez, abrumado por la multitud que vociferaba afuera del reclusorio declaró entre eufórico y confundido: “hoy la Corte ha hecho historia; liberó a una inocente”. ¿Inocente, cuando aún no ha sido (ni será) debidamente juzgada?
El caso nos recuerda procedimientos penales históricos que instituyeron la teoría del “debido proceso legal” en Estados Unidos. El de Gideon vs. Wainright, del vagabundo condenado en Florida y posteriormente exonerado por la suprema corte en 1963, cuando se reveló que el Tribunal Estatal le había negado en primera instancia el derecho a un abogado de oficio. Y el de Miranda vs. Arizona, del inmigrante mexicano condenado por secuestro y violación, y luego exonerado porque la policía lo interrogó sin presencia de su abogado y sin “leerle sus derechos”.
Decir que al liberar a Cassez no se consideraron los derechos de las víctimas es comparar peras con manzanas. La Primera Sala nunca pretendió juzgar a Cassez. La alternativa fue clara: dejarla en libertad por graves violaciones constitucionales (como finalmente resolvió la mayoría) o reponer el juicio. Se optó por liberarla, porque la mayoría consideró, seguramente y con razón, que cualquier futura condena sería “fruto del árbol prohibido”: ¡las pruebas obtenidas ilegalmente!.
La “heroína” publicará un exitoso best seller, escrito por otros y basado en medias verdades. Y la encantadora Marion Cottillard filmará la película de su vida; entonces las víctimas pudiesen demandar a Cassez y a Genaro García Luna, y al mismísimo Estado mexicano bajo la ley general de víctimas…
http://jorgecamil.com